Los sellos en el pasaporte son cosa del pasado: nuevo sistema de control en las fronteras de la UE a partir del 12 de octubre de 2025

Nuevo sistema de control en las fronteras de la UE a partir del 12 de octubre de 2025 fotolia.com
Los cambios no solo afectan a los ciudadanos de Ucrania, sino a todos los extranjeros que no tengan la ciudadanía de países de la UE, así como a los ciudadanos de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
El sistema de entrada/salida (EES) contiene registros de datos personales de ciudadanos de terceros países que llegan al territorio de los Estados miembros de la UE para estancias de corta duración (máximo 90 días en cada período de 180 días). Al pasar el control bajo las nuevas reglas, los guardias fronterizos registrarán estos datos en un archivo individual durante el primer cruce de frontera, y en caso de posteriores entradas o salidas, uno de los datos biométricos (por ejemplo, imagen facial o huella dactilar) podrá ser verificado nuevamente.
Objetivo de la innovación
- prevenir la migración ilegal
- implementar un control más eficaz del cumplimiento de las normas de estancia corta en el territorio de la UE
- prevenir el uso de documentos falsificados;
- aumentar la seguridad en los países de la UE.
¿Qué datos se recopilarán, registrarán y procesarán?
Durante el control en las fronteras exteriores de los países de la UE se recopilarán y registrarán los siguientes datos personales de los viajeros:
1) Datos indicados en el pasaporte (nombre, apellido, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo).
2) Datos biométricos de la imagen facial y de las huellas dactilares (se tomarán las huellas de 4 dedos).
¡Atención! A los niños menores de 12 años solo se les escaneará el rostro, sin tomar huellas dactilares.
Al cruzar la frontera en coche o autobús, todos los viajeros deberán bajar del vehículo para realizar el procedimiento de registro en el sistema EES. El procedimiento para los pasajeros del transporte ferroviario puede variar según el punto de control.
¿Qué sucede si no se proporcionan los datos biométricos necesarios?
Si una persona no proporciona los datos biométricos necesarios para su registro, verificación o identificación en el sistema de entrada/salida, se le denegará la entrada a los países de la UE.

1) Los registros de cada entrada, salida o denegación de entrada se almacenarán durante 3 años a partir de la fecha del registro correspondiente en el archivo individual de la persona.
2) Los archivos individuales que contengan datos personales, incluidas las huellas dactilares y la imagen facial, se almacenarán durante 3 años y un día desde la fecha del último registro de salida o desde la fecha del registro de denegación de entrada, si durante ese período no se realiza ningún otro registro.
3) En caso de que una persona infrinja las normas de estancia en la UE, sus datos se almacenarán durante 5 años a partir de la fecha de finalización del período de estancia permitido en la UE.
Exceder los 90 días permitidos de estancia en 180 días: se verá inmediatamente en la base de datos
Cada persona que llegue a los países de la UE desde terceros países recibirá información de los guardias fronterizos sobre el tiempo máximo permitido de estancia en el territorio de la UE. También será posible comprobar de forma independiente el tiempo restante permitido utilizando la calculadora en línea https://home-affairs.ec.europa.eu/policies/schengen/border-crossing/short-stay-calculator_en
Si una persona excede el período de estancia permitido, sus datos se añadirán automáticamente a la base de datos de personas que han excedido el período permitido. Los organismos estatales competentes de los países de la UE tendrán acceso a esta base de datos. Si la persona puede presentar pruebas fiables a las autoridades correspondientes de que excedió el período permitido debido a circunstancias graves e imprevistas, sus datos podrán ser eliminados de la lista de personas que excedieron el período permitido.
¿Quiénes no están sujetos al registro en el sistema EES?
1) Ciudadanos de países del espacio Schengen, así como de Chipre e Irlanda.
2) Ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que tengan tarjeta de residencia y sean familiares directos de un ciudadano de la UE.
3) Ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que tengan tarjeta de residencia o documento que acredite la estancia y sean familiares directos de un ciudadano de un país fuera de la UE que tenga derecho a viajar por Europa en las mismas condiciones que los ciudadanos de la UE.
4) Ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que viajen a Europa en el marco de traslados intraempresariales o con fines de investigación científica, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio escolar o proyectos educativos, así como para trabajar como au pair.
5) Personas con permiso de residencia de larga duración o visado de larga duración.
6) Ciudadanos de Andorra, Mónaco, San Marino, así como titulares de pasaportes expedidos por el Estado de la Ciudad del Vaticano o la Santa Sede.
7) Jefes de Estado, diplomáticos acreditados y representantes de los servicios fronterizos.
8) Personas con permiso de tráfico fronterizo local.
9) Maquinistas y miembros de tripulaciones de trenes internacionales.
10) Militares que realicen tareas de la OTAN o del Acuerdo de Asociación para la Paz.
¿A qué países europeos se aplicará el sistema de información de viajes EES (Entry/Exit System)?
Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, España, Islandia, Países Bajos, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Alemania, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Suiza, Suecia, Eslovaquia, Eslovenia, Hungría, Italia, Letonia.
Los países europeos que utilizarán el sistema EES lo implementarán gradualmente en sus fronteras exteriores. Esto significa que la recopilación de datos se introducirá por etapas en los puntos fronterizos, y se espera la implementación total del sistema para el 10 de abril de 2026.
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